Articulo 25 Estadística de I. Balears
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»Artículo 25. Difusión de resultados sintéticos.
Vigente
La difusión de los resultados sintéticos de las estadísticas de interés de la comunidad autónoma de las Illes Balears es obligatoria y de acceso gratuito para todas las personas e instituciones. Los programas anuales establecerán los calendarios de difusión de los datos de las operaciones estadísticas que se prevén.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 5/2017, de 25 de julio, de modificación de la Ley 3/2002, de 17 de mayo, de estadística de las Illes Balears
(BOIB de 29-07-2017) en vigor desde 30-07-2017