Articulo 25 Deporte de Madrid
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»Artículo 25. Clases de asociaciones deportivas.
Vigente
A los efectos de la presente Ley, las asociaciones deportivas se clasifican en clubes, agrupaciones de clubes de ámbito autonómico, agrupaciones deportivas, secciones de acción deportiva, coordinadoras deportivas de barrio, federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid y asociaciones de federaciones deportivas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-01-1995 en vigor desde 12-01-1995