Articulo 25 Deporte de Cantabria
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Artículo 25. Integración en las federaciones españolas.

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Las federaciones deportivas cántabras, para la participación de sus miembros en actividades y competiciones deportivas oficiales de carácter estatal o internacional, habrán de integrarse en las correspondientes federaciones deportivas españolas según las condiciones y requisitos que establezcan sus estatutos, ostentando en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria la representación de la federación deportiva española correspondiente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-07-2000 en vigor desde 12-07-2000