Articulo 25 Coordinación de Policías Locales de Aragón
Artículo 25. Sistemas de ingreso y provisión.
1. El ingreso o acceso en la categoría de Policía se realizará por el sistema de oposición libre y/o movilidad.
2. El ingreso en la categoría de Subinspector y de Intendente podrá realizarse por el sistema de oposición, promoción interna o movilidad, en los términos recogidos en esta ley y en sus normas de desarrollo.
3. El acceso a las categorías de Oficial, Inspector e Intendente Principal se realizará mediante promoción interna o movilidad, en los términos previstos en el artículo 26 de esta ley y en sus normas de desarrollo.
4. Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio del nombramiento del Jefe del Cuerpo, que se realizará por el procedimiento establecido en el artículo 16 de esta ley y por lo previsto en el reglamento de cada Cuerpo.
- Artículo modificado por LEY 9/2018, de 28 de junio, de modificación de la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de coordinación de policías locales de Aragón.
(BOA de 10-07-2018) en vigor desde 11-07-2018