Articulo 25 Canaria de Juventud -Derogada-
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Artículo 25.- De la familia.

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1. El Gobierno de Canarias, en cumplimiento del mandato constitucional de proteger la familia, cualquiera que sea su modelo, desarrollará medidas encaminadas al reconocimiento y apoyo de las familias jóvenes, dadas las dificultades a las que se enfrentan en las primeras etapas de emancipación.

2. El apoyo a las familias jóvenes se plasmará en:

a) La adopción de medidas para facilitar el acceso a la vivienda, ya sea en régimen de alquiler o compra.

b) El asesoramiento especializado y la información precisa sobre el importante papel socializador que desempeña la familia.

c) La incentivación de medidas conducentes a la instalación y el aprovechamiento de centros de educación infantil en los centros de trabajo públicos y privados, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

d) La creación de programas de ayuda y apoyo para jóvenes madres y padres con responsabilidades familiares no compartidas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-04-2007 en vigor desde 19-07-2007