Articulo 25 Actividades con Incidencia Ambiental
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»Artículo 25. Caducidad de la autorización ambiental unificada.
Vigente
1. Si el titular no iniciase la actividad en el plazo señalado en el artículo 23, la autorización ambiental unificada agotará sus efectos y devendrá ineficaz.
2. Asimismo, en el caso de proyectos no ejecutados en su totalidad, transcurrido el plazo previsto para el inicio de la actividad, deberá entenderse caducada y sin efecto alguno la parte de la autorización ambiental unificada relativa a la instalación o procesos no incluidos en la declaración responsable de puesta en marcha parcial.