Articulo 248 Tasas y precios públicos de Andalucía
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 248. Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa las actividades administrativas de tramitación de autorizaciones, modificaciones, diligenciaciones y expedición de documentos, tanto en materia de juegos de suerte, envite o azar, como respecto de los establecimientos que legal y reglamentariamente se establecen para la práctica de aquéllos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2021 en vigor desde 01-01-2022