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Articulo 248 normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión

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Artículo 248. Información mensual sobre la ejecución del presupuesto

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El contable de la Comisión remitirá mensualmente al Parlamento Europeo y al Consejo, además de los estados y los informes anuales previstos en los artículos 243 y 244, las cifras, agregadas como mínimo por capítulos y desglosadas separadamente por capítulo, artículo y partida, relativas a la ejecución presupuestaria, tanto en lo que respecta a los ingresos como a los gastos correspondientes a la totalidad de los créditos. En dichas cifras se dará también el detalle de la utilización de los créditos prorrogados.

Estas cifras serán remitidas en el plazo de diez días hábiles tras la finalización de cada mes a través del sitio web de la Comisión.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-2018 en vigor desde 02-08-2018