Articulo 247 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
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»Artículo 247.
Vigente
El procedimiento de jubilación comprende el conjunto de actuaciones administrativas conducentes a declarar la jubilación voluntaria o forzosa, en cualquiera de sus modalidades.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011