Articulo 246 TR de las le... naturales

Articulo 246 TR. de las leyes de ordenación del territorio y de espacios naturales

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Artículo 246. Interés social a efectos expropiatorios.

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1. La declaración de una de las categorías de protección de un Espacio Natural, además de la utilidad pública prevista en la legislación básica estatal, lleva implícita la de su interés social a efectos expropiatorios.

2. En caso de expropiación, del justiprecio correspondiente se deducirá, en su caso, la cuantía equivalente al coste de restauración derivado del deterioro del Espacio Natural Protegido que sea consecuencia de la comisión de una infracción por sus titulares.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-05-2000 en vigor desde 15-05-2000