Articulo 245 Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria
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»Artículo 245. Licencias en edificios fuera de ordenación.
Vigente
En las edificaciones que se encuentren en situación de fuera de ordenación podrán otorgarse licencias, en los supuestos a que se refiere el artículo 115.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley de Cantabria 03/2023, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
(BOC de 29-12-2023) en vigor desde 01-01-2024