Articulo 244 Reglamento 2...a Judicial

Articulo 244 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial

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Artículo 244.

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Cuando el juez o magistrado que pretenda solicitar un permiso o licencia se encontrare fuera de su destino y concurran razones de urgencia, la solicitud correspondiente podrá ser cursada por cualquier medio que permita su recepción por el órgano competente para su concesión.

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  • Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011