Articulo 24 TR. Ley de Gestión de Emergencias
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»Artículo 24.- Autoprotección en la enseñanza.
Vigente
En los diferentes ciclos educativos de los centros escolares será obligatorio programar actividades de información, prevención y divulgación en materia de protección civil, y deberá realizarse periódicamente un ejercicio o simulacro de evacuación, de acuerdo con las previsiones del plan de autoprotección correspondiente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-05-2017 en vigor desde 06-05-2017