Articulo 24 TR de la ley de carreteras

Articulo 24 TR. de la ley de carreteras

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Artículo 24. Evaluación de impacto ambiental.

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El estudio de viabilidad se debe someter a la evaluación de impacto ambiental de acuerdo con lo que establece la normativa sectorial aplicable.

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  • Texto Original. Publicado el 27-08-2009 en vigor desde 28-08-2009