Articulo 24 Puertos de Canarias
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 24.- Órganos de gobierno, gestión y asesoramiento.
Vigente
1. Los órganos de gobierno de "Puertos Canarios" son los siguientes:
a) El Consejo de Administración.
b) El presidente.
2. Los órganos de gestión son:
a) El director gerente.
b) Los directores insulares, en su caso.
3. El órgano de asesoramiento es el Consejo Asesor.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-05-2003 en vigor desde 05-06-2003