Articulo 24 Puertos de Canarias

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Artículo 24.- Órganos de gobierno, gestión y asesoramiento.

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1. Los órganos de gobierno de "Puertos Canarios" son los siguientes:

a) El Consejo de Administración.

b) El presidente.

2. Los órganos de gestión son:

a) El director gerente.

b) Los directores insulares, en su caso.

3. El órgano de asesoramiento es el Consejo Asesor.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-05-2003 en vigor desde 05-06-2003