Articulo 24 Proyectos Est...s Públicos

Articulo 24 Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos

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Artículo 24. Preferencia del uso de los medios electrónicos en las relaciones de la Administración regional con las empresas.

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1. La Administración regional usará preferentemente los medios electrónicos en las relaciones con las empresas en el ejercicio de su actividad económica siempre y cuando, globalmente, no represente un coste mayor para las mismas y se cumpla lo previsto en el artículo 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. A los efectos de la presente ley, se entiende por empresa aquella entidad que ejerce una actividad económica, independientemente de su forma jurídica.

2. Los servicios electrónicos que preste la Administración regional deberán ser accesibles en la sede electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-03-2014 en vigor desde 28-03-2014