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Articulo 24 Presupuestos Generales para 2022 de Asturias

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Artículo 24.-Retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia dependiente del Principado de Asturias.

Vigente

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1. El personal funcionario de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que desempeñe sus funciones en el ámbito competencial de la Administración del Principado de Asturias, percibirá las retribuciones previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o norma equivalente en materia de retribuciones y demás normativa que le resulte aplicable.

2. Los complementos y las mejoras retributivas reguladas en disposiciones o acuerdos adoptados por los órganos de la Administración del Principado de Asturias con respecto a este personal, experimentarán un incremento del 2% respecto de las cuantías vigentes para 2021.

3. El complemento específico transitorio establecido en la disposición adicional sexta del Decreto 1/2009, de 28 de enero, por el que se regulan determinados aspectos del régimen de retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, se integrará como parte del complemento específico cuando se aprueben las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022