Articulo 24 Plataforma de colaboración en apoyo del funcionamiento de los equipos conjuntos de investigación
Artículo 24. Fines del tratamiento de datos personales
1. Los datos introducidos en la plataforma de colaboración de los ECI únicamente se procesarán con los fines siguientes:
a) el intercambio de datos operativos entre los usuarios de la plataforma de colaboración de los ECI para cuya finalidad se haya creado el ECI pertinente;
b) el intercambio de datos no operativos entre los usuarios de la plataforma de colaboración de los ECI con fines de gestión de los ECI pertinentes.
2. El acceso a la plataforma de colaboración de los ECI estará limitado al personal debidamente autorizado de las autoridades competentes de los Estados miembros y de terceros países, de Eurojust, de Europol, de la Fiscalía Europea, de la OLAF y de otros órganos u organismos competentes de la Unión o representantes de autoridades judiciales internacionales, en la medida necesaria para el desempeño de sus funciones de conformidad con los fines a que se refiere el apartado 1 y en la medida estrictamente necesaria y proporcionada a los objetivos perseguidos.