Articulo 24 Patrimonio Cu...lla y León

Articulo 24 Patrimonio Cultural de Castilla y León

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 24. Bien inmueble inventariado.

In Vacatio

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los bienes inmuebles inventariados lo serán preferentemente de manera seriada, mediante la identificación de conjuntos de bienes que conformen una caracterización unitaria de sus valores culturales.

2. A los efectos de esta ley, también tendrán la consideración de Bienes Inventariados los incluidos, con grado de protección integral, en catálogos de instrumentos de planeamiento urbanístico aprobados con posterioridad a la entrada en vigor de esta ley, siempre que detallen las condiciones protección y conservación sobre el bien.