Articulo 24 Ordenación Te... del Suelo

Articulo 24 Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 24. Modificación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Cualquier alteración de las Normas Urbanísticas Regionales o Comarcales se tramitará por el mismo procedimiento previsto en el artículo anterior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-07-2001 en vigor desde 04-09-2001