Articulo 24 Ordenación de...e la Pesca

Articulo 24 Ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 24. Buques de la lista cuarta.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las autorizaciones de modernización y equipamiento de los buques de la lista cuarta del Registro de Buques y Empresas Navieras, no requerirán la aportación de bajas equivalentes en arqueo o potencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-10-2009 en vigor desde 11-10-2009