Articulo 24 Obligación de...trolíferos

Articulo 24 Obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, diversificación de abastecimiento de gas natural y corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos

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Artículo 24. Patrimonio y recursos.

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1. El patrimonio de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos estará integrado por los bienes y derechos que esta adquiera en el ejercicio de sus actividades.

2. La Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos contará para el cumplimiento de sus fines con los recursos establecidos en este real decreto y en sus estatutos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-08-2004 en vigor desde 27-08-2004