Articulo 24 Medidas para la inclusión social a través del empleo
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»Artículo 24. Dirección y gestión del Programa Extraordinario de Inserción Sociolaboral.
Vigente
A la Consejería competente en materia de servicios sociales le corresponde la dirección, coordinación, supervisión, evaluación, control y verificación de la ejecución del presente Programa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-06-2014 en vigor desde 14-06-2014