Articulo 24 Medidas fiscales y administrativas 2018 de Galicia
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»Artículo 24. Modificación de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas
Vigente
Se añade un número 9 en la disposición transitoria cuarta de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, con la siguiente redacción:
«9. Hasta la entrada en vigor del nuevo contrato de gestión pública, que habrá de contemplar reglas para la contabilidad de las inversiones en obras y servicios realizados durante el contrato, los importes de las inversiones para la ejecución de las actuaciones de carácter preventivo de defensa contra incendios y de las actuaciones de recuperación del potencial forestal tras incendios forestales o desastres y catástrofes naturales no computarán en la contabilidad de los consorcios y convenios.».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019