Articulo 24 Medidas Fiscales y Administrativas 2011 de Aragón
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Artículo 24. - Modificación de la Tasa 20, por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos farmacéuticos.

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1. Se modifica el epígrafe 1 de la tarifa 01 del artículo 87 del Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, con la siguiente redacción.

«1. Participación en el concurso de apertura: 190 euros.»

2. Se suprimen los siguientes epígrafes de las tarifas 03, 04 y 05 del artículo 87 del Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón:

- El epígrafe 3 de la tarifa 03 bajo el título «Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión del Farmacéutico». En consecuencia, el epígrafe 4 pasa a numerarse como epígrafe 3.

- El epígrafe 6 de la tarifa 04 bajo el título «Nombramiento de Farmacéuticos adicionales». En consecuencia, el epígrafe 7 pasa a numerarse como epígrafe 6.

- El epígrafe 2, bajo el título «Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión en el cargo de Director Técnico», y el epígrafe 3 de la tarifa 05, bajo el título «Servicios y actuaciones inherentes a la toma de muestras reglamentarias de especialidades farmacéuticas o de materias primas y productos intermedios empleados en la fabricación de medicamentos».

En consecuencia, los epígrafes 4, 5, 6 y 7 pasan a numerarse como epígrafes 2, 3, 4 y 5.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-03-2012 en vigor desde 20-03-2012