Articulo 24 Medidas Fiscales y Administrativas 1999 de Madrid
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Artículo 24. Modificación de la disposición final primera de la Ley 11/1984, de 6 de junio, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

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Se adiciona un segundo párrafo a la disposición final primera de la Ley 11/1984, de 6 de junio, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, con el siguiente tenor literal:

«Asimismo, queda autorizado para dictar las disposiciones necesarias para regularizar la situación y el régimen jurídico de las antiguas instituciones y establecimientos de beneficencia pública dependientes de la Comunidad de Madrid, pudiendo a tal fin aprobar los reglamentos internos y demás normas que permitan y faciliten el funcionamiento de las mismas y el cumplimiento de los fines que tengan encomendados.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1999 en vigor desde 30-12-1999