Articulo 24 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 2002 C. León
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»Artículo 24. Modificación de los artículos 143 y 154.
Vigente
1. Se modifica el artículo 143 de la Ley 7/1986, que queda redactado en los términos siguientes:
«Artículo 143.
La Administración General de la Comunidad y las restantes entidades integrantes del sector público están sometidas al régimen de Contabilidad Pública en los términos previstos en esta Ley».
2. Se modifica el apartado 1 del artículo 154 que queda redactado del modo siguiente:
«1. La Cuenta General de la Comunidad Autónoma comprenderá las siguientes cuentas:
a) Cuenta de la Administración General de la Comunidad Autónoma.
b) Cuenta de los organismos autónomos.
c) Cuenta de las restantes entidades del sector público.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2002 en vigor desde 30-01-2003