Articulo 24 Medidas de co...s Públicas

Articulo 24 Medidas de conciliación del personal al servicio de las Administraciones Públicas

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Artículo 24. Reducción de jornada con reducción proporcional de retribuciones

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Sin perjuicio de lo establecido por el artículo 26.a, las personas que por razón de guarda legal tienen cuidado directo de un hijo o hija menor de doce años pueden gozar de una reducción de un tercio o de la mitad de la jornada, con la reducción proporcional de retribuciones. Solamente si las necesidades del servicio lo permiten, esta reducción puede ser de otra fracción de jornada, que debe ser en cualquier caso entre la octava parte y la mitad de la jornada.

(NOTA: Hay que tener en cuenta que las reducciones de jornada con derecho en percibir el 100% de retribuciones que hayan sido otorgadas antes del 24 de marzo de 2012 se regirán por la normativa vigente en el momento en que se autorizaron)