Articulo 24 Medidas 1999 fiscales, administrativas y del orden social
Articulo 24 Medidas 1999 ...den social

Articulo 24 Medidas 1999 fiscales, administrativas y del orden social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 24. Reintegro de las prestaciones de Seguridad Social indebidamente percibidas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, se reduce de cinco a cuatro años el plazo de prescripción de la obligación de reintegrar las prestaciones indebidamente percibidas, previsto en el apartado 3 del artículo 45 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1999 en vigor desde 01-01-2000