Articulo 24 Mapa de Servicios Sociales

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Artículo 24. Mapificación y relación interadministrativa para la financiación de las demarcaciones territoriales

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1. Los programas, servicios y centros que sean incluidos en un contrato programa a suscribir entre la conselleria competente en servicios sociales y las entidades locales para la financiación estable de los servicios sociales de atención primaria habrán de estar identificados en la mapificación.

2. Del mismo modo, las variaciones en los costes de programas, servicios y centros que se planteen en las actualizaciones o modificaciones de estos contratos programa se motivarán a partir de estimaciones extraídas de las bases de datos de la mapificación

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-04-2021 en vigor desde 16-04-2021