Articulo 24 Infraestructuras Agrícolas
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»Artículo 24. Aspectos comunes.
Vigente
La elaboración de las Bases y del Acuerdo constituye un trabajo de naturaleza técnica y jurídica que debe ser objeto de revisión y, en su caso, aprobación por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Este deberá garantizar el tratamiento que ha de darse a las posibles discordancias o contradicciones detectadas, y que los interesados puedan señalar la forma más conveniente a sus intereses para trasladar los derechos y situaciones jurídicas de las parcelas de procedencia a las fincas de reemplazo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-03-2002 en vigor desde 16-03-2002