Articulo 24 Infraestructuras Agrícolas

Articulo 24 Infraestructuras Agrícolas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 24. Aspectos comunes.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La elaboración de las Bases y del Acuerdo constituye un trabajo de naturaleza técnica y jurídica que debe ser objeto de revisión y, en su caso, aprobación por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Este deberá garantizar el tratamiento que ha de darse a las posibles discordancias o contradicciones detectadas, y que los interesados puedan señalar la forma más conveniente a sus intereses para trasladar los derechos y situaciones jurídicas de las parcelas de procedencia a las fincas de reemplazo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-03-2002 en vigor desde 16-03-2002