Articulo 24 Función Publi...-Derogada-

Articulo 24 Función Publica de Asturias -Derogada-

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Artículo 24.

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1. Los Cuerpos de Administración General serán los siguientes:

a) Superior de Administradores.

b) De gestión.

c) Administrativos.

d) Auxiliares.

e) Subalternos.

2. Para el acceso a plazas de los Cuerpos de Administración General se precisará estar en posesión de las siguientes titulaciones:

a) Superior de Administradores: Título Superior Universitario.

b) De Gestión: Diplomado Universitario o equivalente.

c) Administrativos: Bachiller Superior o equivalente.

d) Auxiliares: Graduado Escolar o equivalente.

e) Subalternos: Certificado de escolaridad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1985 en vigor desde 19-01-1986