Articulo 24 Deporte de Cantabria
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Artículo 24. Elecciones federativas.

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Las federaciones deportivas cántabras desarrollarán los procesos electorales para la elección de sus órganos de gobierno y representación de acuerdo con sus respectivos reglamentos electorales que, obligatoriamente, habrán de ajustarse a lo dispuesto en la normativa que a tal efecto establezca la Administración autonómica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-07-2000 en vigor desde 12-07-2000