Articulo 24 Actividad Fís... de Murcia

Articulo 24 Actividad Física y Deporte de Murcia

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Artículo 24. Colaboración de los poderes públicos. Participación en competiciones oficiales federadas.

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1. Los poderes públicos colaborarán con las universidades en aquellos programas dirigidos a la extensión de la práctica deportiva en el ámbito universitario.

2. Los clubes deportivos y las secciones deportivas que se constituyan en el ámbito universitario, si desean participar en competiciones oficiales federadas, deberán inscribirse en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia y afiliarse a la federación correspondiente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-03-2015 en vigor desde 18-04-2015