Articulo 239 TR. de la ley municipal y de régimen local
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»Artículo 239. Actividad de fomento.
Vigente
La actividad de fomento se ejerce de acuerdo con los principios de publicidad, de objetividad, de libre concurrencia y de igualdad, y con adecuación a la legalidad presupuestaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-05-2003 en vigor desde 21-05-2003