Articulo 238 Suelo y Espacios Naturales Protegidos
Articulo 238 Suelo y Espa...Protegidos

Articulo 238 Suelo y Espacios Naturales Protegidos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 238.- Concepto.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En el sistema de cooperación los propietarios aportarán el suelo de cesión obligatoria y gratuita, soportarán la ocupación de cualquier otro terreno necesario para la ejecución de las obras de urbanización y otorgarán a la administración municipal la disposición fiduciaria de estos. La administración actuante ejecutará las obras de urbanización con cargo a los propietarios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-07-2017 en vigor desde 01-09-2017