Articulo 238 Patrimonio de Galicia

Articulo 238 Patrimonio de Galicia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 238. Procedimiento sancionador

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En todo lo no previsto en este título, en la tramitación de los procedimientos sancionadores por las infracciones tipificadas en la presente ley se observarán los principios y el procedimiento establecidos con carácter general en la normativa de régimen jurídico del sector público y del procedimiento administrativo común.