Articulo 235 Ordenación d...e Canarias

Articulo 235 Ordenación del Territorio de Canarias

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Artículo 235. Acción pública de impugnación.

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Será pública la acción para exigir el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-05-1999 en vigor desde 15-05-1999