Articulo 235 Hacienda y Sector Público
Artículo 235. Remisión de información a las Cortes de Castilla y León.
1. La Consejería de Hacienda remitirá a la Comisión correspondiente de las Cortes de Castilla y León la siguiente información:
a) Mensualmente el estado de ejecución de los presupuestos actualizados de la Administración General de la Comunidad, de sus organismos autónomos y entes públicos de derecho privado, así como el movimiento y situación de la tesorería, todo ello referido al mes anterior.
b) Cada dos meses las modificaciones de crédito realizadas en dicho periodo, correspondientes a los presupuestos de la Administración General, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y demás entes con presupuesto limitativo.
c) Cada dos meses un estado de ejecución de las inversiones programadas referido a las Consejerías, los organismos autónomos y los entes públicos de derecho privado.
2. Las Consejerías a que estén adscritas o vinculadas las empresas públicas, las fundaciones públicas y las demás entidades con su mismo régimen presupuestario comunicarán a la Comisión correspondiente de las Cortes cada dos meses las variaciones de los presupuestos que se autoricen de acuerdo con lo establecido en el artículo 138 de esta Ley.
- Artículo modificado por LEY 4/2024, de 9 de mayo, de medidas tributarias, financieras y administrativas.
(BOCYL de 14-05-2024) en vigor desde 15-05-2024