Articulo 23412 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia
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»Artículo 234-12. Extinción de la prestación alimentaria fijada en forma de pensión.
Vigente
La prestación alimentaria en forma de pensión se extingue de acuerdo con las reglas del artículo 233-19.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-08-2010 en vigor desde 01-01-2011