Articulo 234 TR de la ley...dad social

Articulo 234 TR. de la ley general de la seguridad social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 234. Derecho supletorio.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En lo no previsto expresamente en el presente título se estará a lo dispuesto en los dos títulos precedentes de esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-06-1994 en vigor desde 01-09-1994