Articulo 232 Código aduanero de la Unión Europea
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Artículo 232. Atribución de competencias de ejecución

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La Comisión especificará, mediante actos de ejecución, las normas de procedimiento para la aplicación en el territorio aduanero de la Unión de lo dispuesto en el artículo 226, apartado 3, letras b) a f,) y en el artículo 227, apartado 2, letras b) a f), de acuerdo con las necesidades de la Unión. Dichos actos de ejecución se adoptarán con arreglo al procedimiento de examen a que se refiere el artículo 285, apartado 4.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-10-2013 en vigor desde 30-10-2013