Articulo 230 Suelo y Espa...Protegidos

Articulo 230 Suelo y Espacios Naturales Protegidos

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Artículo 230.- Singularidades del proyecto de reparcelación.

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1. El proyecto de reparcelación en el sistema de compensación es el instrumento de equidistribución de los beneficios y cargas entre los propietarios afectados.

2. Para la definición de derechos aportados, valoración de fincas resultantes, reglas de adjudicación, aprobación, efectos del acuerdo aprobatorio e inscripción del mencionado proyecto se estará a lo dispuesto para la reparcelación en la sección 2ª del capítulo VIII de este título.

3. La aprobación del proyecto de reparcelación producirá, en todo caso, la transmisión al ayuntamiento, por ministerio de la ley y libres de cargas y gravámenes, de todos los terrenos de cesión obligatoria y gratuita.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-07-2017 en vigor desde 01-09-2017