Articulo 23 Suelo rústico
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»Artículo 23. Actividades vinculadas a los usos complementarios de la explotación tradicional.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las IllesBalears
(BOIB de 23-12-2014) en vigor desde 12-01-2015