Articulo 23 Subvenciones de C. León
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 23. Audiencia de los interesados.
Vigente
Cuando, de acuerdo con lo establecido en las normas reguladoras del procedimiento administrativo común, sea necesario el trámite de audiencia de los interesados, se formulará una propuesta de resolución provisional que se notificará a los interesados en la forma que se determine en la convocatoria y se les concederá un plazo de diez días para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-10-2008 en vigor desde 01-01-2009