Articulo 23 residuos y su...a circular

Articulo 23 residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular

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Artículo 23. Fondo Ambiental de Política de Residuos y Economía Circular de la Comunitat Valenciana

Vigente

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1. Se crea el Fondo Ambiental de Política de Residuos y Economía Circular de la Comunitat Valenciana adscrito a la Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular.

2. Este fondo está destinado a financiar proyectos, procesos, actuaciones, infraestructuras e instalaciones con el objetivo de la prevención de la generación de residuos y para el fomento de la economía circular en materia de residuos y recursos. En el anexo se recoge una lista no exhaustiva de orientaciones y ejemplos de actuaciones susceptibles de financiación con este fondo.

3. Queda expresamente prohibida la financiación de instalaciones y de operaciones de eliminación contempladas en el anexo III de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y de instalaciones y de operaciones de valorización bajo el epígrafe R01 del anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, con la excepción de la utilización de biomasa como combustible, así como de los flujos de residuos que legalmente están obligados a ser tratados mediante operaciones de eliminación.

4. Los recursos que nutren el Fondo Ambiental de Política de Residuos y Economía Circular de la Comunitat Valenciana provienen de:

a) Las aportaciones de los presupuestos de la Generalitat.

b) Los ingresos derivados de tributos autonómicos o estatales, cedidos a la Generalitat Valenciana, sobre operaciones de gestión de residuos en la Comunitat Valenciana, recaudados por la Agencia Tributaria Valenciana, una vez deducidas los gastos de gestión.

c) Los remanentes procedentes de ahorros en la contratación, las revocaciones o las renuncias en los procedimientos de partidas o subvenciones procedentes del propio fondo.

d) Los ingresos procedentes de la recaudación por las sanciones impuestas por la administración autonómica a consecuencia de infracciones a la normativa que regula la política de residuos, una vez deducidas los gastos de gestión.

e) Los ingresos provenientes de rendimientos patrimoniales de la Agencia Valenciana de Residuos y de Economía Circular.

5. Antes del 31 de diciembre de 2022, el Consell debe aprobar la regulación específica del Fondo Ambiental de Residuos y Economía Circular de la Comunitat Valenciana y ponerlo en funcionamiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-12-2022 en vigor desde 21-12-2022