Articulo 23 Renta Canaria de Ciudadanía

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Artículo 23. Solicitud.

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1. El acceso a la renta de ciudadanía contemplada en la presente ley, en cualquiera de sus modalidades y, en el caso en que fueran necesarios, también los programas y servicios orientados a la inclusión social y/o inserción laboral, se tramitarán a través de la presentación de una solicitud.

2. La solicitud se presentará, como norma general, de manera telemática, ajustada al modelo específico que se ponga a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica por la consejería competente en materia de derechos sociales del Gobierno de Canarias. No obstante, además de la vía prevista en el apartado 3 de este artículo se podrán habilitar otros canales de comunicación, presenciales o a distancia, telemáticos o telefónicos, que permitan presentar la solicitud.

En todo caso, la presentación de la solicitud expresará el consentimiento expreso de las personas integrantes de la unidad de convivencia, para que los ayuntamientos y la consejería competente en materia de derechos sociales del Gobierno de Canarias accedan a los datos de carácter personal en los términos establecidos legalmente. Dicho consentimiento deberá ser recabado en la propia solicitud.

3. En el supuesto de que la persona interesada no disponga de los medios electrónicos necesarios para realizar la presentación telemática, concurran en ella otras circunstancias que dificulten su accesibilidad, o bien requiera de apoyo y orientación para la presentación de la solicitud, podrá ser asistida en dicho trámite por los servicios sociales del ayuntamiento del municipio donde la persona tenga su empadronamiento y/o residencia efectiva.

Además, la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias podrá de manera complementaria hacer uso de la habilitación recogida en el artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o norma que la sustituya.

4. Los servicios sociales de los ayuntamientos ayudarán a la identificación e información a las posibles personas beneficiarias de la prestación sobre los requisitos, documentación a presentar, cuantía y procedimiento para efectuar las solicitudes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 29-03-2023