Articulo 23 Reglamento po...acturación

Articulo 23 Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

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Artículo 23. Acceso de la Administración tributaria a las facturas y a otros documentos.

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Cuando la obligación de conservación a que se refiere el artículo 19 se cumpla mediante la utilización de medios electrónicos se deberá garantizar a cualquier órgano de la Administración tributaria que esté realizando una actuación de comprobación de la situación tributaria del empresario o profesional o del sujeto pasivo el acceso en línea a los documentos conservados, así como su carga remota y utilización. El cumplimiento de esta obligación será independiente del lugar en el que se conserven los documentos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-12-2012 en vigor desde 01-01-2013