Articulo 23 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
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»Artículo 23.
Vigente
Los procesos selectivos para la promoción y especialización en la Carrera Judicial se regirán por los principios de igualdad, mérito y capacidad.
En dichos procesos se contemplará el estudio del principio de igualdad entre hombres y mujeres, incluyendo las medidas contra la violencia contra la mujer y su aplicación con carácter transversal en el ámbito de la función jurisdiccional.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011