Articulo 23 Presupuestos Generales para 2022 de Navarra
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»Artículo 23. Movimiento de fondos por intereses.
Vigente
La persona titular de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica podrá autorizar movimientos de fondos que se realicen entre las partidas destinadas al pago de intereses y otros gastos financieros, y todas las que fuera necesario habilitar, ya sean estos devengados por la deuda, por préstamos, por operaciones de Tesorería o por saldos en cuentas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022